"Apoya a tu comunidad": consejos para migrantes durante la pandemia de COVID-19

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"Apoya a tu comunidad": consejos para migrantes durante la pandemia de COVID-19

"Apoya a tu comunidad": consejos para migrantes durante la pandemia de COVID-19

Lee nuestra entrevista con Farah Kamal, de Kamal Law Firm en Houston

Ser migrante no es fácil. Incluso en las circunstancias más favorables, existe un arduo proceso de aprendizaje que todos necesitamos emprender para adaptarnos a nuestro nuevo país de acogida.

No obstante, ser migrante en medio de una pandemia global es algo por lo que nuestra generación nunca ha pasado. Con la esperanza de ayudar a los miembros de nuestra comunidad, hablamos con Farah Kamal, abogada y fundadora de Kamal Law Firm en Houston, Texas. Ella obtuvo una licenciatura en Derecho del South Texas College of Law y tiene más de diez años de experiencia en derecho migratorio y derecho de familia. Además, es migrante.

MAJORITY: Dada la situación actual por la COVID-19, ¿cómo puede un migrante legal ayudar a un familiar indocumentado con miedo a ser deportado a obtener atención médica?

FARAH KAMAL: Por desdicha, los recursos y las opciones de atención médica son muy limitados para las personas indocumentadas que viven aquí o que se han quedado en el país después del plazo de autorización de sus visas. Sin embargo, en caso de una emergencia, no serán rechazadas si solicitan tratamiento médico en un hospital. Además, en muchas comunidades de migrantes se ofrecen clínicas gratuitas que están al servicio de todas las personas, independientemente de su condición migratoria.

Tenemos mucha gente en los EUA que ha vivido en el país por mucho tiempo sin residencia legal. Sin embargo, en este momento sus opciones son muy limitadas, y esperamos que algún día en el futuro haya una reforma migratoria.

A menudo las personas pueden resolver su situación migratoria sin consecuencias graves. Asimismo, pueden recibir algún tipo de recurso o exención migratoria. Pero, para regularizar su situación, es posible que tengan que regresar a su país de origen.

M: ¿Cómo se puede patrocinar a un familiar? ¿Quiénes se consideran familiares inmediatos y quiénes no?

FK: La cónyuge o el cónyuge, la viuda o el viudo, las hijas o los hijos solteros menores de 21 años y la madre o el padre de un ciudadano estadounidense mayor de 21 años se consideran familiares inmediatos de un ciudadano estadounidense. Sin embargo, es probable que ciertos familiares de un ciudadano estadounidense o residente permanente que no se consideran familiares inmediatos deban esperar hasta que se les conceda una visa para poder solicitar la residencia permanente. Entre tales familiares están: 

Primera preferencia (F1): hijos e hijas de ciudadanos estadounidenses, que sean solteros(as) y tengan 21 años de edad o más

Segunda preferencia (F2A): cónyuges e hijos (solteros y menores de 21 años de edad) de residentes permanentes legales

Segunda preferencia (F2B): hijos e hijas solteros (de 21 años de edad o más) de residentes permanentes legales 

Tercera preferencia (F3): hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses, así como sus cónyuges y sus hijos menores 

Cuarta preferencia (F4): hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses, así como sus cónyuges y sus hijos menores.

Las solicitudes de familiares inmediatos pueden demorar aproximadamente entre nueve meses y un año en tramitarse. Con respecto a los demás familiares que no se consideran inmediatos, puede que tarden varios años en obtener la residencia permanente estadounidense.

En el pasado, la cónyuge de un residente permanente tenía que esperar varios años para poder recibir una visa. Pero durante los últimos meses, el período de espera ha sido el mismo que si la pidiera un ciudadano estadounidense. 

Así que si eres residente legal y tu cónyuge vive aquí en el país, ahora es el mejor momento para que inicies los trámites migratorios. Generalmente las personas deben esperar varios años para resolver su situación migratoria, pero debido a que en estos momentos el proceso está al día, el período de espera es el mismo que si lo iniciara un ciudadano estadounidense.

M: ¿Para qué califican los migrantes con respecto a la ayuda económica del gobierno federal?

FK: Existen varios tipos de migrantes, entre ellos ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes legales, personas que están en el país con visas de no inmigrantes y personas indocumentadas.

Dicho de forma simple: los migrantes que son ciudadanos estadounidenses básicamente tienen los mismos derechos que los ciudadanos por nacimiento. Los residentes permanentes legales también disfrutan de muchos de los mismos beneficios. Y la gente que está en el país con una visa de no inmigrante tiene distintos beneficios, según el tipo de visa que tengan. Por ejemplo, una persona con visa de estudiante tiene opciones limitadas de empleo mientras cursa sus estudios. Sin embargo, una persona con visa de trabajo sí puede obtener empleo. Del mismo modo, alguien que se encuentra en EUA con visa de negocios puede trabajar, invertir y declarar impuestos, pero no puede calificar para obtener residencia permanente legal.

De cualquier forma, todo depende de tu visa o de si eres migrante y tienes tu social security number. El factor que determina si tienes determinados derechos y si calificas para recibir el apoyo económico federal es si declaras impuestos o no. Esto también aplica para personas con visas de empleo H-1 y beneficiarios de la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés).

La cantidad que recibas dependerá de las directrices establecidas según tus ingresos y, por supuesto, del número de dependientes que viven en tu hogar.

Lo más probable es que la mayoría de las personas que están en el país con visas de no inmigrante y que no tienen un número de seguro social, no declaren impuestos. Asimismo, si declaras tus impuestos con un número de identificación personal del contribuyente (ITIN, por sus siglas en inglés), no calificas para recibir el apoyo económico.

M: ¿Qué consejo les darías a los migrantes que están atravesando dificultades para hacer rendir su dinero durante estos tiempos difíciles?

FK: Como país, estamos enfrentando tiempos sin precedentes.  Todos estamos juntos en esta situación. Nuestro futuro es muy incierto en estos momentos. Ya sea un director ejecutivo de una empresa o un empleado asalariado, todos tienen miedo.

Tengo un bufete jurídico y me pregunto qué va a suceder. La gente está luchando por sobrevivir. Mis clientes están luchando por sobrevivir. Ayúdales si está a tu alcance, pero también necesitas ayudarte a ti mismo en estos momentos.

Apoya a tu comunidad, pero si tienes dificultades debido al distanciamiento social y las demás directrices, comunícate con alguien que pueda asistirte.

Pide ayuda. Si estás atrasado con tus pagos o la hipoteca, levanta el teléfono y llama a las personas correspondientes. Puede tomarte cuatro o cinco horas, pero hazlo y cuéntales tu situación. Ellas te ayudarán. Te darán un aplazamiento. Todo el mundo está tratando de ayudar.

Presta atención a las reglas y órdenes ejecutivas que se están emitiendo. Por ejemplo, se difundió una orden ejecutiva que exige a las compañías hipotecarias suspender las ejecuciones hipotecarias. Asimismo, indica que los dueños de departamentos no pueden desalojar a los inquilinos. Por lo tanto, si estás atrasado en el pago del alquiler, pueden presentar una demanda de desalojo en tu contra por falta de pago, pero no podrán desalojarte hasta que la crisis pase. 

Por eso el consejo que daría es que, si tienes un pago de hipoteca y necesitas ayuda, llama a tu compañía hipotecaria y pídele un aplazamiento. Si tienes un pago de alquiler y sabes que te atrasarás, llama a tu arrendador y avísale. Pero trata de hablar con franqueza y cooperar, ya que tal vez el alquiler sea su única fuente de ingresos, así que intenta comprenderlo a él también.

Está bien si lo llamas y le dices que no podrás pagar el alquiler porque te quedaste sin empleo. Pero también entiende que, si esa es su única fuente de ingresos, ¿cómo va a pagar su renta y sus cuentas?

En cuanto a los pagos de tu automóvil, ¡haz lo mismo! Llama a la empresa. Y para los gastos por servicios públicos, ya sea gas, electricidad o agua, las compañías están concediendo aplazamientos. ¡Por eso llámalas y solicita estas prórrogas, para que tu crédito no resulte afectado! 

También solicita beneficios por desempleo. No importa si las filas son largas o si te demoras horas y horas.

 M: ¿Los trabajadores indocumentados que declaran impuestos pueden recibir asistencia económica?

FK: La cuestión es que las leyes, las órdenes, las normas y las directrices están cambiando a diario. De hecho, hay ocasiones en que los legisladores modifican las leyes el mismo día en que las promulgan. Así que pueden cambiar.

Sé que, por ejemplo, un contratista independiente que debe presentar el formulario 1099-MISC sí puede solicitar un préstamo de la Administración de Pequeños Negocios (SBA, por sus siglas en inglés). Sin embargo, su empleador no puede.

Si, por ejemplo, eres el propietario de un servicio de limpieza y tienes un contrato 1099 con una empresa de oficinas, puedes solicitar un préstamo de la SBA. Pero, ya que no soy banquera, no conozco los detalles.

M: En lo que a esto respecta, ¿qué mensaje quisieras enviarles a los migrantes? 

FK: Todas las personas están pasando por momentos difíciles, sin importar que sean migrantes, ciudadanos, estudiantes, empleados o propietarios de un negocio. Esta pandemia nos está afectando a todos por igual. Todos estamos juntos en esta situación. 

Y te diré algo: puede que no obtengamos la ayuda que necesitamos. Pero esto pasará, y esperemos que pronto. Todos estamos atravesando la misma situación.

Intenta priorizar quedarte en casa y proteger a tu familia, porque lo último que necesitas es tener dificultades económicas. Asegúrate de que nadie de tu familia se enferme, mucho menos el sostén de la casa. 

Aprovecha este tiempo para pasar más tiempo con tus hijos y tu familia, y espera a que todo esto pase.

Si te encuentras en Houston y tienes más preguntas de carácter legal o necesitas ayuda, comunícate con la licenciada Kamal en el 713-524-4529 o en FKAMAL@KAMALLAWFIRM.COM.

Dado que la licenciada Kamal es nuestra socia comercial, si eres miembro MAJORITY obtendrás un 25% de descuento en esta localidad.

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